Cuando tiras PILAS no
solo estás vulnerando tu derecho a un
ambiente sano, sino además el derecho de todos. En nuestra Constitución está
escrito, aquí dejamos el texto completo para que recordemos y nos replanteemos nuestras acciones cotidianas.
Constitución de la Nación Argentina
Artículo 41:
“Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano,
equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades
productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las
generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental
generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la
ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la
utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio
natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación
ambientales. Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los
presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para
complementarlas, sin que aquéllas alteren las jurisdicciones locales. Se
prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos,
y de los radiactivos”.